miércoles, 17 de abril de 2013

Caso práctico 3

UNA PERSONA NATURAL CON NEGOCIO QUE HACE SERVICIOS POR REPARACIONES DE EQUIPOS DE CONSTRUCCION COMO MARTILLOS ELECTRICOS, TAMBIEN REPARA MOTORES, ETC; EMITE SU FACTURA POR EL SERVICIO. SE LE DEBE PAGAR LA DETRACCION POR ESE SERVICIO? NO TIENE NADA QUE VER QUE SEA UNA PERSONA NATURAL CON NEGOCIO?, QUE PASA SI NO TIENE CUENTA DE DETRACCION?


RESPUESTA:
El servicio de reparación y mantenimiento de bienes muebles, está sujeto a detracción con la tasa del 9%, en este caso al momento del pago del servicio se le debe efectuar la detracción del 9% y pagarle la diferencia.
Si no tiene cuenta de detracción, debe exigirle al proveedor que solicite obligatoriamente su cuenta de detracción para poder efectuar el depósito correspondiente. En caso de no hacerlo deberá comunicar la SUNAT con un Escrito el hecho de que el proveedor no tiene cuenta de detracción para efectuar el depósito, en ese escrito debe incluirse un Número de Teléfono, correo electrónico y el nombre de una persona con la cual se comunicará la
SUNAT, luego la SUNAT le va comunicar la apertura de una una Cuenta de Oficio a nombre del proveedor para que efectué el deposito la detracción.

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